José Vicente DíazContabilidad y fiscalidad Pedir informaciónEscribir

Cuenta a cuenta

La cuenta 4750: Hacienda Pública, acreedora por IVA

Cómo se concreta la deuda de IVA al liquidar el trimestre, cómo se paga y qué pasa cuando el resultado sale a tu favor.

Cuentas que intervienen47504774724700572

La 4750 es la deuda de IVA ya concretada. Durante el trimestre, el IVA se acumula en la 477 y en la 472; al liquidar, las dos se cierran y lo que queda por pagar pasa a la 4750. Es la cuenta que se salda el día que se paga el modelo 303.

Lo que dice el PGC (quinta parte). 4750. Hacienda Pública, acreedora por IVA: «Exceso, en cada periodo impositivo, del IVA repercutido sobre el IVA soportado deducible». Se abona al terminar cada periodo de liquidación por ese exceso, con cargo a la 477, y se carga cuando se paga, con abono al subgrupo 57. Forma parte de la 475, Hacienda Pública, acreedora por conceptos fiscales, que figura en el pasivo del balance. — Plan General de Contabilidad, RD 1514/2007, texto consolidado en el BOE.

Cómo nace: la liquidación del trimestre

Al terminar el trimestre, la 477 suma 3.150,00 € y la 472 suma 1.890,00 €.

Liquidación del IVA (modelo 303)
CuentaConceptoDebeHaber
477Hacienda Pública, IVA repercutido3.150,00 €
472Hacienda Pública, IVA soportado1.890,00 €
4750Hacienda Pública, acreedora por IVA1.260,00 €
Suma3.150,00 €3.150,00 €

Cómo muere: el pago

Pago del modelo 303
CuentaConceptoDebeHaber
4750Hacienda Pública, acreedora por IVA1.260,00 €
572Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros1.260,00 €
Suma1.260,00 €1.260,00 €

Cuando sale a devolver o a compensar: la 4700

Si en el trimestre el IVA soportado deducible supera al repercutido, no hay 4750: la diferencia es un derecho y va a la 4700, Hacienda Pública, deudora por IVA. La ley permite compensarlo en las liquidaciones siguientes «siempre que no hubiesen transcurrido cuatro años» desde la declaración en que se originó (art. 99.Cinco LIVA), o pedir la devolución del saldo existente a 31 de diciembre en la última declaración del año (art. 115.Uno LIVA). Quien está en el registro de devolución mensual puede pedirla en cada periodo.

Regla de comprobación. Después de la liquidación, la 472 y la 477 quedan sin saldo y solo una de las dos, la 4750 o la 4700, recoge la diferencia. Si te aparecen las dos en el mismo asiento, algo está mal.

4750, 4751, 4752: no las mezcles

  • 4750: el IVA a ingresar.
  • 4751: las retenciones que has practicado a trabajadores y profesionales y tienes que ingresar, las del 111. Se ven en la nómina.
  • 4752: el impuesto sobre sociedades a pagar.

Dónde aparece en las cuentas anuales

Al cierre del ejercicio, el cuarto trimestre ya está liquidado a 31 de diciembre aunque el 303 se presente en enero, así que la 4750 suele tener saldo. En el modelo normal de balance va al pasivo corriente, epígrafe «Acreedores comerciales y otras cuentas a pagar», partida 6. Otras deudas con las Administraciones Públicas, junto a la 4751, la 4758 y la 476. El PGC incluye también ahí la 477, pero solo tendría saldo si el último periodo no estuviera todavía liquidado a 31 de diciembre. La 4752 va aparte, en «Pasivos por impuesto corriente».

Los tres errores que más veo

  • Pagar el IVA directamente desde la 477. Primero se liquida contra la 472 y luego se paga la 4750.
  • Dejar saldo en la 472 o en la 477 después de liquidar. Suele ser una factura con fecha de otro trimestre.
  • Llevar el IVA a devolver a la 4750 con signo negativo. Un saldo a favor es un activo: va a la 4700.

Practica tú

En un trimestre la 477 suma 5.460,00 € y la 472 suma 6.300,00 €. Haz el asiento de liquidación.

Ver la solución

El soportado supera al repercutido en 6.300 − 5.460 = 840,00 €. No hay nada que pagar: es un derecho frente a Hacienda.

Solución · liquidación con saldo a favor
CuentaConceptoDebeHaber
477Hacienda Pública, IVA repercutido5.460,00 €
4700Hacienda Pública, deudora por IVA840,00 €
472Hacienda Pública, IVA soportado6.300,00 €
Suma6.300,00 €6.300,00 €

Cuentas relacionadas: el pago del modelo 303 sale de la 572, Bancos, y las retenciones practicadas a otros van a la 4751, no aquí.

Preguntas frecuentes

¿La cuenta 4750 es de activo o de pasivo?
De pasivo corriente. Recoge el IVA que la empresa tiene que ingresar tras compensar el repercutido con el soportado deducible del periodo.
¿Qué diferencia hay entre la 4750 y la 4700?
La 4750 recoge el IVA a ingresar. La 4700 recoge el IVA a compensar o a devolver, cuando el soportado deducible supera al repercutido.
¿Cuánto tiempo hay para compensar un IVA a favor?
Cuatro años desde la presentación de la declaración en que se originó el exceso, según el artículo 99.Cinco de la Ley del IVA.
¿Dónde va la 4750 en el balance?
En el pasivo corriente, dentro de «Acreedores comerciales y otras cuentas a pagar», partida «Otras deudas con las Administraciones Públicas».

¿Lo has entendido pero no te sale el tuyo?

Mándame tu enunciado. Muchas veces se resuelve en una clase de una hora.

Respondo yo personalmente. La primera conversación sirve para ver tu temario y tu objetivo, y para decidir por dónde se empieza.

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